En Julio de 2013 entró en vigor el Real Decreto 235/2013 en el que indica que todo propietario que quiera vender o alquilar su inmueble está obligado a presentar a su potencial comprador o inquilino el correspondiente Certificado de Eficiencia Energética del inmueble en cuestión. Según dicho Real Decreto, este certificado es imprescindible desde el momento del anuncio de venta o alquiler del inmueble.
Dicho certificado tiene que estar expedido por un técnico competente según se detalla en el Real Decreto citado anteriormente, y como tal, uno de nuestros trabajos es la elaboración de este tipo de certificado utilizando para ello los programas informáticos CALENER VYP, CALENER GT, CE3 o CE3x, que son los únicos validados por el Ministerio de Industria.
Las fases para la elaboración del Certificado de Eficiencia Energética son:
- Visita al inmueble donde se toman medidas tanto de superficies como de cerramientos (aproximadamente 1:30 horas).
- Comprobación de los materiales de construcción.
- Inspección de equipos de ACS, refrigeración, calefacción, iluminación...
- Elaboración del certificado, entregando la siguiente documentación convenientemente encuadernada:
+ Descripción del inmueble.
+ Certificado de Eficiencia Energética.
+ Pago de las correspondientes tasas.
+ Declaración responsable.
+ Información catastral.
+ Plano del inmueble.
+ Documento de registro en Delegación de Industria, Energía y Minas.
+ Etiqueta con calificación energética
+ Informes descriptivos de las medidas de mejora.
Consulte condiciones.